Anula la SCJN el Plan B Electoral de AMLO
- Guillermo Humberto Gutierrez Arias
- 22 jun 2023
- 2 min de lectura
***Con 9 votos a favor de los 11 magistrados
Agencias

CD DE MÉXICO, MX.- Con nueve votos a favor de entre los once ministros que integran su Pleno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se anuló totalmente el Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador, debido a que para su aprobación la mayoría de Morena en el Congreso incurrió en múltiples violaciones al procedimiento legislativo, violentando -gravemente- el artículo 72 de la Constitución que establece el principio de deliberación democrática.
Las únicas ministras que votaron en contra de esta sentencia fueron Loreta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa, ambas propuestas por el presidente para formar parte del máximo tribunal del país.
Con esto, para los comicios presidenciales de 2024, regirán las normas anteriores a esta reforma intentada por el partido oficial, lo que implica que el proceso electoral dará inició el primer día del mes de septiembre de este 2023, por lo que ya no hay oportunidad de que se cambien las leyes que se aplicarán en las elecciones generales del próximo año.
De acuerdo con el penúltimo párrafo de la fracción II del artículo 105 de la Constitución, las leyes electorales -federal y locales- deben promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, “y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”.
A su vez, el numeral 2 del artículo 40 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prevé que el proceso electoral inicia la primera semana de septiembre del año anterior a aquél en que se celebren las elecciones federales ordinarias.
Así, el último día para reformar la legislación electoral que normará a la contienda de 2024 fue el pasado 3 de junio. Si bien la mayoría de Morena en el Congreso puede volver a plantear cambios en las mismas leyes que ya fueron anuladas por la Suprema Corte estos no podrían aplicarse en la contienda presidencial.
Las reformas invalidadas en su totalidad fueron las introducidas en las siguientes normas: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), Ley General de Partidos Políticos, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, además de la nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Trascendencia de la anulación
El fallo aprobado este jueves por la mayoría de los ministros de la Corte tiene efectos generales, lo que implica que la segunda parte de la reforma electoral del presidente ha sido expulsada del sistema jurídico mexicano.
Lo mismo sucedió el pasado 8 de mayo cuando el máximo tribunal del país, con una votación calificada de 9 votos, invalidó completamente la primera parte del Plan B electoral, eliminándose las reformas a las leyes General de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas que permitían que los servidores públicos promocionaran sus acciones estando en funciones, lo que está prohibido expresamente en los dos últimos párrafos del artículo 134 de la Constitución.




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